NSR-10 – Capítulo B.4 – Cargas vivas
B-16
Tabla B.4.2.1-2
Cargas vivas mínimas en cubiertas
Tipo de cubierta
Carga uniforme
(kN/m
2
)
m
2
de área en planta
Carga uniforme
(kgf/m
2
)
m
2
de área en planta
Cubiertas, Azoteas y Terrazas
la misma del resto de la
edificación (Nota-1)
la misma del resto de la
edificación (Nota-1)
Cubiertas usadas para jardines de cubierta o para
reuniones
5.00
500
Cubiertas inclinadas con más de 15° de pendiente en
estructura metálica o de madera con imposibilidad física
de verse sometidas a cargas superiores a la aquí
estipulada
0.35
35
Cubiertas inclinadas con pendiente de 15° o menos en
estructura metálica o de madera con imposibilidad física
de verse sometidas a cargas superiores a la aquí
estipulada
0.50
50
Nota-1
— La carga viva de la cubierta no debe ser menor que el máximo valor de las cargas vivas usadas en el resto de la
edificación, y cuando esta tenga uso mixto, tal carga debe ser la mayor de las cargas vivas correspondientes a los diferentes
usos.
B.4.2.2
—
EMPUJE EN PASAMANOS Y ANTEPECHOS
—
Las barandas, pasamanos de escaleras y balcones, y
barras auxiliares tanto exteriores como interiores, y los antepechos deben diseñarse para que resistan una fuerza
horizontal de 1.00 kN/m (100 kgf/m) aplicada en la parte superior de la baranda, pasamanos o antepecho y deben ser
capaces de transferir esta carga a través de los soportes a la estructura. Para viviendas unifamiliares, la carga mínima
es de 0.4 kN/m. (40 kgf/m). En estadios y coliseos esa carga mínima horizontal de barandas y antepechos no será
menor de 2.5 kN/m (250 kgf/m). En estos y otros escenarios públicos las barandas deberán ser sometidas a pruebas
de carga, las cuales deben ser dirigidas y documentadas por el Supervisor Técnico antes de ser puestas en servicio.
Las barandas intermedias (todas excepto los pasamanos) y paneles de relleno se deben diseñar para soportar una
carga normal aplicada horizontalmente de 0.25 kN (25 kgf) sobre un área que no exceda 0.3 m de lado, incluyendo
aberturas y espacios entre barandas. No es necesario superponer las acciones debidas a estas cargas con aquellas
de cualquiera de los párrafos precedentes.
Los sistemas de barreras para vehículos, en el caso de automóviles de pasajeros, se deben diseñar para resistir una
única carga de 30 kN (3000 kgf) aplicada horizontalmente en cualquier dirección al sistema de barreras, y debe tener
anclajes o uniones capaces de transferir esta carga a la estructura. Para el diseño del sistema, se debe suponer que
la carga va a actuar a una altura mínima de 0.5 m por encima de la superficie del piso o rampa sobre un área que no
exceda 0.3 m de lado, y no es necesario suponer que actuará conjuntamente con cualquier carga para pasamanos o
sistemas de protección especificada en los párrafos precedentes. Las cargas indicadas no incluyen sistemas de
barreras en garajes para vehículos de transporte público y camiones; en estos casos se deben realizar los análisis
apropiados que contemplen estas situaciones.
B.4.3 — CARGA PARCIAL
Cuando la luz de un elemento esté cargada parcialmente con la carga viva de diseño produciendo un efecto más
desfavorable que cuando está cargada en la totalidad de la luz, este efecto debe ser tenido en cuenta en el diseño.
B.4.4
—
IMPACTO
Cuando la estructura quede sometida a carga viva generadora de impacto, la carga viva debe incrementarse, para
efectos de diseño, por los siguientes porcentajes:
(a)
Soportes de Elevadores y Ascensores, .
............................................................................
100%
(b)
Vigas de puentes grúas con cabina de operación y sus conexiones, .
................................
25%
(c)
Vigas de puentes grúas operados por control remoto y sus conexiones, .
..........................
10%
(d)
Apoyos de maquinaria liviana, movida mediante motor eléctrico o por un eje, .
..................
20%
